CONCURSO PUBLICO N° 1/2023
LLAMADO A CONCURSO PÚBLICO
PARA PROVEER EL CARGO DE SECRETARIO ABOGADO JUZGADO DE POLICÍA LOCAL
GRADO 11° E.M.S. DEL ESCALAFÓN PROFESIONAL
PLANTA MUNICIPALIDAD DE PORVENIR
Estimado/a postulante antes de comenzar queremos recordarle que Ud., deberá leer con mucha atención el detalle de estas bases, puesto que es responsabilidad de cada participante del proceso verificar los antecedentes presentados.
Las presentes bases regulan el llamado a concurso público de ingreso para selección de personal, ajustándose a la norma establecida en la Ley N° 18.883 Sobre Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales; la Ley 19.280 que Establece Normas Sobre Plantas de Personal de las Municipalidades; la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades; la Ley N° 20.742 que Crea Nuevos Cargos; el Reglamento Municipal N° 1 de fecha 19 de diciembre de 2019, que modifica la Planta de Personal de la Municipalidad de Porvenir y Fija Requisitos Específicos; y al Reglamento de Concursos Públicos de la Municipalidad de Porvenir, aprobado mediante Decreto Alcaldicio N° 1.187 de fecha 12.11.2021.
1. REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS POSTULANTES
Las personas interesadas en participar en el presente concurso público de antecedentes deben cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 10 y 11 de la Ley 18.883 Sobre Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, y en el artículo 56 de la Ley 18.575 Bases Generales de la Administración del Estado.
2. ANTECEDENTES QUE DEBEN ACOMPAÑAR A LA POSTULACIÓN
1. Currículum vitae sin fotografía, agregando todos los antecedentes que respalden los estudios y experiencia laboral.
2. Fotocopia de la Cedula de Identidad
3. Título Profesional de Abogado.
4. Haber cumplido con la Ley de Reclutamiento y Movilización, cuando fuere procedente. Esto se acreditará mediante Certificado vigente emitido por la Dirección de Movilización Nacional. Si Procediere, *Requisito exigido para el caso de los postulantes hombres.
5. Carta de postulación, dirigida al señor Alcalde indicando los motivos de su postulación.
6. Documentos que acrediten los cursos de capacitación o especialización.
7. Certificados, resoluciones, Decretos Alcaldicios y/o cualquier otro documento que acrediten experiencia laboral, detallando periodo laboral.
8. Declaración jurada simple de tener salud compatible con el desempeño del cargo.
9. Declaración jurada simple en que conste de no haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de 5 años desde la fecha de expiración de funciones.
10. Declaración jurada simple de no estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por crimen o simple delito conforme el artículo 10 de la Ley Nº 18.883
11. Declaración jurada simple de no hallarse afecto a alguna de las causales las inhabilidades e incompatibilidades administrativas del art 56° de la ley 18.575 de la ley de Bases Generales de la administración del Estado.
*Para materializar las declaraciones juradas simples indicadas en los numerales 8, 9, 10, y 11 se adjuntan a las presentes bases el formato de declaración jurada simple que deberán ser completados y firmado por el postulante.
* La falsedad en esta declaración hará incurrir en las penas del artículo N° 210 del Código Penal, no obstante, lo anterior la Municipalidad a través la Unidad de Recursos Humanos procederá a corroborar el cumplimiento del requisito establecido en el numeral 10 a través del requerimiento documental al Servicio de Registro Civil e Identificación, para el caso del (o la) postulante que haya sido seleccionado y el cumplimiento del numeral 8 se acreditará mediante certificación del Servicio de Salud correspondiente, para el caso del(la) postulante que haya sido seleccionado (a).
* No se consideran los estudios, capacitaciones y experiencia laboral que no sean acreditables con documentación de respaldo.
3. REQUISITOS OBLIGATORIOS MÍNIMOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS POSTULANTES
Los requisitos para el cargo Profesional, Secretario Abogado Grado 11° E.M.S, en concordancia con el Artículo 8 Nº 2 de la Ley 18.883 y de lo estipulado en el Artículo 2, letra B de la Ley 20.554, que indican que debe contar con Título de Abogado.
3.1 Los requisitos específicos para el cargo Profesional Secretario Abogado y sus respectivas funciones:
En concordancia con el artículo 8 Nº 2 de la Ley 18.883, Título Profesional Abogado emitido por la Corte Suprema.
3.2. FUNCIONES A CUMPLIR.
El cargo Profesional Secretario Abogado estará asociado a las labores establecidas, en la Ley 18.883 Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales y la Ley N° 15.231 Ley de Organización y Atribuciones de los Juzgados de Policía Local.
3.3. REQUISITOS ESPECÍFICOS PREFERENCIALES
Sin perjuicio de los requisitos obligatorios antes señalados, de acuerdo al perfil del cargo, se establecen los siguientes requisitos específicos preferenciales:
Cargo Estudios Experiencia
Profesional Grado 11 E.M.S, Secretario Abogado Título de abogado. Certificado por la Excelentísima Corte Suprema, legalizado ante Notario o impreso desde la página del poder judicial con Código QR. Deseable experiencia en tribunales y con conocimientos en uso de herramientas computacionales.
4. ANTECEDENTES DEL CARGO
4.1- DESCRIPCIÓN DEL CARGO
Calidad Jurídica: Planta
Estamento: Profesional
Grado: 11° E.M.S
Cargo: Profesional
Dependencia: Juzgado Policía Local
Número de Cargos: Total 1
4.2- LUGAR DE DESEMPEÑO DEL CARGO
Planta Profesional de la Municipalidad de Porvenir, con domicilio legal en calle Padre Mario Zavattaro N° 434, comuna de Porvenir, Provincia de Tierra del Fuego, Región de Magallanes y Antártica Chilena
4.3- PERFIL
El Secretario Abogado del Juzgado de Policía Local, deberá desempeñarse como Ministro de Fe del Tribunal, y asistir al Juez del Juzgado de Policía Local en el desarrollo de la función jurisdiccional, en base a las disposiciones legales vigentes. Sin perjuicio de lo expuesto, le corresponderá como funciones específicas: Actuar como Secretario Abogado del Tribunal cumpliendo con la normativa de la Ley N°15.231 cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el Decreto Supremo N° 307, de 1978, del Ministerio de Justicia; Ley N° 18.287 y Artículos 379 y 55 del Código Orgánico de Tribunales en lo pertinente; Administrar el funcionamiento del Tribunal y el personal a su cargo de acuerdo con las instrucciones que le sean impartidas por el Juez de Policía Local. Velar por las notificaciones en la forma que señala la Ley y cumpliendo en calidad y oportunidad. Subrogar al Juez de Policía Local cuando corresponda. Cumplir con todas las demás obligaciones que le asignen las leyes, reglamentos e instrucciones.
5. COMPETENCIAS TRANSVERSALES
Dentro de las cualidades inherentes a la persona, deben destacar sus valores morales y éticos. Su actuar responderá a los principios de probidad y transparencia reflejados en una conducta intachable, acorde a su función.
Dentro de lo que se espera del funcionario(a) se encuentra: a) Fluidez verbal del lenguaje, sobriedad en el lenguaje y su trato social; b) Transmitir clara y oportunamente la información necesaria; c) Espíritu de disciplina, estricto cumplimiento de órdenes, sentido del orden en el trabajo; d) Cooperador(a), buen contacto siempre, mantener buenas relaciones interpersonales y sobriedad en el trato social; e) Responsabilidad, tolerancia a sus situaciones de obstáculos y a situaciones tensas, f) Sentido de adaptabilidad al trabajo en equipo con capacidad de fomentarlo, capacidad de integrarse a un trabajo común, regularidad y constancia en el trabajo; h) motivación laboral; i) . Cumplimiento de la normativa interna, pro activo(a) en el cumplimiento de sus labores; k) Proactividad; l) Liderazgo; m)Iniciativa y aprendizaje permanente.
En cuanto conocimiento, el (la) postulante deberá conocer la siguiente normativa, lo que, podrá evaluarse en la entrevista personal:
• Ley N° 15.231 Ley de Organización y Atribuciones de los Juzgados de Policía Local
• Ley N° 18.287 Establece Procedimiento ante los Juzgados de Policía Local
• Leyes especiales que corresponde aplicar a estos juzgados.
• Ley N° 18.883, Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales
• Ley Nº 18.695, Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades.
• Ley Nº 19.880, establece Bases de los procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
• Ley N° 19.653, Sobre Probidad Administrativa aplicable de los órganos de La Administración del Estado.
6. DE LA ENTREGA DE BASES
Los interesados podrán descargar las bases en el sitio www.muniporvenir.cl , Concursos Públicos, desde el día 01 de junio de 2023 y hasta las 13:00 horas del día 09 de junio de 2023, o retirarlos en la Oficina de Partes de la Municipalidad de Porvenir, ubicada en calle Padre Mario Zavattaro N°434, 2°Piso, desde el día 01 de junio de 2023 y hasta las 13:00 horas del día 09 de junio de 2023.
7. DE LA RECEPCIÓN Y PLAZO DE ENTREGA DE LOS ANTECEDENTES
Las postulaciones y sus antecedentes deberán entregarse, ordenados según lo establecido en las bases y formularios adjuntos:
• Postulación presencial: Directamente en la Oficina de Partes de la Municipalidad de Porvenir, desde las 08:00 horas del día 01 de junio de 2023 y hasta las 13:00 horas del día 16 de junio de 2023. El plazo es impostergable.
La postulación deberá hacerse en sobre cerrado con indicación clara del cargo al que postula, el cual deberá contener fotocopia simple de todos los documentos que acompañe a su postulación. El sobre deberá señalar: CONCURSO Nº1, PROFESIONAL SECRETARIO ABOGADO GRADO 11, NOMBRE DEL POSTULANTE (NOMBRES, APELLIDO 1, APELLIDO 2)
• Postulación electrónica: a través del correo electrónico: concursospublicos@muniporvenir.cl , desde las 08:00 horas del día 01 de junio de 2023 y hasta las 13:00 horas del día 16 de junio de 2023. Se debe enviar un sólo correo electrónico que contenga todos los antecedentes que acrediten su postulación, estudios y de los concernientes a certificar la experiencia laboral.
Lo antecedentes que adjunte a su postulación deben ser digitalizados en formato PDF y enviado en documento único.
Se recibirá un email de postulación por cargo vacante, en caso de recibir más de una postulación para el mismo cargo, prevalecerá el primer correo recibido.
En el asunto del correo, se debe indicar el número de concurso y nombre del cargo al cual se postula, además del nombre del postulante: Ejemplo:
ASUNTO: CONCURSO Nº1, PROFESIONAL SECRETARIO ABOGADO GRADO 11, NOMBRE DEL POSTULANTE (NOMBRES, APELLIDO 1, APELLIDO 2)
En caso que se recepcionen postulaciones de manera presencial y electrónica, sólo se considerará en la evaluación la primera recibida.
• Quedarán automáticamente fuera de concurso, las personas que no cumplan con lo estipulado en los puntos anteriores.
• La falsedad de la Declaración Jurada Simple que acredita el cumplimiento de los requisitos, hará incurrir en las penas del artículo 210 del Código Penal.
• Se deja constancia que el postulante seleccionado deberá entregar los documentos originales y/o fotocopias legalizadas ante notario al momento de aceptación del cargo.
• En caso de no cumplir con la entrega de los documentos originales en el plazo legal para tal efecto (cinco días hábiles), el señor Alcalde seleccionará a otro postulante idóneo informado en terna.
No se devolverán los antecedentes entregados para la postulación.
8. EVALUACIÓN DE ANTECEDENTES Y SELECCIÓN DE POSTULANTES.
El proceso de selección constará de revisión de antecedentes y la entrevista por parte del comité de selección, para evaluar las competencias del o la postulante.
La ponderación por cada etapa es la siguiente:
a) Evaluación antecedentes curriculares y laborales: 30 %
b) Entrevista Personal 50%
c) Entrevista Psicológica 20%
Los antecedentes relacionados con aptitud específica y experiencia laboral, así como los demás que figuren en el currículum, serán considerados en la medida que se acrediten mediante certificados.
ETAPA 1.- ADMISIBILIDAD DEL (LA) POSTULANTE:
Condición de Admisibilidad Cumple
Condición No Cumple
Condición Es Admisible
(SI-NO)
Título de Abogado emitido por la Corte Suprema
Presenta toda la documentación exigida en las bases del concurso.
ETAPA 2.- EVALUACIÓN DE ANTECEDENTES CURRICULARES DEL /LA POSTULANTE:
Puntaje máximo de 100 puntos con una ponderación final de 30%.
FACTORES PUNTOS PONDERACION ANTECEDENTES CURRICULARES (50%)
a) Estudios: Dicho factor pondera el cumplimiento de los requisitos de estudios del postulante necesarios para el desempeño del cargo enunciado. 30%
a1) Título de abogado emitido por la Corte Suprema 100
b) Cursos: este Factor Pondera la capacitación del postulante en áreas consideradas relevantes para el desempeño del cargo.(Puntaje acumulable) 20%
b1) Capacitación afines a materias de Juzgado de Policía Local. 25 puntos con tope dos cursos. 50
b2) Capacitación uso de plataformas electrónicas, office, Tics, atención de público, manejo de crisis, de liderazgo. 20 puntos con tope dos cursos. 40
b3) Capacitación en normativa municipal. 05 puntos con tope dos cursos 10
c) Experiencia Laboral (Puntaje acumulable c1+c2+c3)
a partir de la fecha de titulación de abogado. 50%
c1) En la Administración Municipal o Pública
c.1.1) Experiencia superior a 3 años en la administración pública. 30 Puntos
c.1.2) Experiencia de 1 año y hasta 2 años con 11 meses y 29 días en la administración pública. 20 Puntos
c.1.3) Experiencia de 6 meses a 11 meses y 29 días en la administración pública. 10 puntos 30
c2) En Juzgados de Policía Local u otros Tribunales de la República
c.2.1 Experiencia superior a 1 año. 50 puntos
c.2.2 Experiencia de 6 meses a 11 meses y 29 días. 35 puntos
c.2.3 Experiencia de 1 mes a 5 meses y 29 días. 20 puntos 50
c3) En el ejercicio libre de la profesión
c.3.1 Experiencia superior a 3 años. 20 puntos
c.3.2 Experiencia de 2 años a 2 años con 11 meses y 29 días. 14 puntos
c.3.3 Experiencia de 1 año a 1 año con 11 meses y 29 dias. 8 puntos 20
REQUISITOS PARA PASAR A LA SIGUIENTE ETAPA 3 ENTREVISTA PERSONAL:
El postulante deberá obtener un puntaje mínimo de 40 puntos en Estudios, Capacitación y Experiencia Laboral, conjuntamente.
ETAPA 3.- ENTREVISTA PERSONAL: APTITUDES ESPECÍFICAS PARA EL DESEMPEÑO DE FUNCIONES.
Puntaje máximo de 100 puntos con una ponderación final de 50%.
La entrevista se realizará entre los días 27 junio de 2023 al 07 de julio de 2023, por el comité de selección, cuya convocatoria y horario serán enviados, oportunamente a los postulantes seleccionados.
Esta etapa podrá ser realizada de manera presencial o virtual según se defina. En caso que sea de forma virtual, se le hará llegar el enlace oportunamente.
Aptitudes Específicas para el desempeño de funciones Puntaje Máximo
Optimo
Aceptable
Deficiente Puntaje Obtenid o
Conocimiento de funcionamiento del Juzgado de Policía Local y su normativa y normativa municipal.
25
25
20
5
Normativas aplicables a los Juzgados de Policía Local 25 25 20 5
Conocimiento uso plataformas digitales relacionadas con el trabajo del tribunal o afines.
20
20
10
5
Conocimiento Transparencia y Probidad Administrativa 15 15 10 5
Habilidades para trabajar en equipo 15 15 10 5
Totales 100 100 70 25
REQUISITOS PARA PASAR A LA SIGUIENTE ETAPA 4 EVALUACIÓN PSICOLÓGICA:
Pasarán a la siguiente etapa los postulantes que alcancen a los menos 70 puntos en la entrevista personal.
ETAPA 4.- EVALUACIÓN PSICOLÓGICA: APTITUDES ESPECÍFICAS PARA EL DESEMPEÑO DE FUNCIONES.
Puntaje máximo de 100 puntos con una ponderación final de 20%.
La entrevista se realizará entre los días 17 de julio de 2023 al 28 de julio de 2023, cuya convocatoria y horario serán enviados, oportunamente a los postulantes seleccionados.
Esta parte del proceso la realizará una consultora externa a quien se le entregará el perfil de competencias requeridas para el cargo de Secretario Abogado. Esta emitirá un informe con los resultados, los que se clasificarán según la siguiente tabla:
No Recomendado 0
Recomendado con Observaciones 50
Recomendado 100
Esta etapa podrá ser realizada de manera Presencial o Virtual según se defina. En caso que sea de forma virtual, se le hará llegar el enlace oportunamente.
Los postulantes con Informe psicológico “No Recomendable”, no podrán continuar avanzando en el concurso.
9. DEL PUNTAJE MINIMO PARA SER CONSIDERADO POSTULANTE IDÓNEO
El (la) postulante que obtenga 57 o más puntos ponderados de la sumatoria de las etapas 2,3 y 4 será considerado(a) postulante idóneo(a).
10. FORMACION DE TERNAS
Conforme el Art. 19º de la Ley 18.883, el comité de selección preparará la terna correspondiente donde se señalen los postulantes idóneos en orden decreciente de mayor a menor puntaje, dicha terna se conformará con los tres puntajes más altos.
En el evento de producirse igualdad de puntaje que dificulte la conformación de la terna correspondiente, el comité de selección priorizará a aquel que haya obtenido el mayor puntaje en la entrevista personal, de persistir el empate, se priorizará el que tenga mayor puntaje en el ítem Evaluación Curricular, de persistir el empate, se priorizará el que tenga mayor puntaje en el ítem de evaluación psicológica. En el evento de continuar el empate y este dificulte la conformación de la terna, se someterá a una nueva entrevista a aquellos postulantes que se encontrasen en esta condición.
El señor Alcalde seleccionará de la terna propuesta por el comité de selección a uno de los postulantes, quien será notificado por la vía más expedita y tendrá un plazo de 5 días hábiles para responder sobre la aceptación del cargo, una vez vencido ese plazo, el alcalde seleccionará a otro postulante que se encuentre incluido en la terna.
11. RESOLUCIÓN DEL CONCURSO
El concurso será resuelto por el señor Alcalde de la Municipalidad de Porvenir o quien le subrogue a más tardar el día 04 de agosto de 2023.
12. NOTIFICACIÓN A POSTULANTES SELECCIONADOS
La notificación se efectuará mediante uno de los medios señalados en el Art. Nº 20 de la Ley 18.883. (Personalmente o por carta Certificada), sin perjuicio de lo anterior teniendo en especial consideración la situación de Pandemia que aqueja al país, si alguno de los postulantes seleccionados no residiera en la comuna, además del envió de la carta certificada, en virtud de lo dispuesto en el art. 19 de la Ley 18.880 se notificará electrónicamente al e-mail que señale en su postulación, adjuntándose la notificación y comprobante envío de Correos de Chile.
El (la) postulante seleccionado(a) deberán manifestar su aceptación del cargo y acompañar en original y/ o copias legalizadas ante notario, de los documentos probatorios de los requisitos de ingreso señalados en el Art. 11° del Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales y demás documentos enviados, dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación.
Sí el (la) postulante seleccionado(a) no diera cumplimiento a lo precedentemente señalado dentro del plazo precitado, el señor Alcalde podrá nombrar a alguno de los otros postulantes propuestos en la terna.
13. CRONOGRAMA CONCURSO
PUBLICACIÓN PÁGINA WEB MUNICIPAL 1 de junio de 2023
PUBLICACIÓN DIARIO DE LA REGIÓN 1 y 2 de junio de 2023
COMUNICACIÓN A LAS MUNICIPALIDADES DE LA REGIÓN 2 de junio de 2023
ENTREGA DE BASES A LOS POSTULANTES Desde el día 1 de junio de 2023 y hasta las 13:00 horas del día
09 de junio de 2023, disponibles en la página web de la municipalidad (www.muniporvenir.cl ) y en la Oficina de Partes, ubicada en calle Padre Mario Zavattaro N°434, 2° Piso, de lunes a viernes desde las 08:00 horas a 13:00 horas.
PLAZO PARA RECEPCIÓN DE ANTECEDENTES DE MANERA PRESENCIAL desde las 08:00 horas del día 01 de junio de 2023 y hasta las 13:00 horas del día 16 de junio de 2023, en la Oficina de Partes de la Municipalidad de Porvenir, en sobre cerrado dirigido a la Municipalidad en el cual se indique el cargo al que postula. DE MANERA ELECTRÓNICA (POSTULACIÓN
ELECTRÓNICA) a través del correo electrónico: concursospublicos@muniporvenir.cl,
desde las 08:00 horas del día 01 de junio de 2023 y hasta las 13:00 horas del día 16 de junio de 2023 *Se debe enviar 1 sólo correo electrónico que contenga todos los antecedentes que acrediten su postulación, certificado de estudios y de los concernientes a certificar la experiencia laboral.
* Lo antecedentes que adjunte a su postulación deben ser digitalizados en formato PDF y enviados en documento único.
*Se recibirá un email de postulación por cargo vacante, en caso de recibir más de una postulación para el mismo cargo prevalecerá el primer correo recibido.
* En el asunto del correo, se debe indicar el número de concurso y nombre del cargo al cual se postula, además del nombre del postulante: Ejemplo:
ASUNTO: CONCURSO Nº1, PROFESIONAL SECRETARIO ABOGADO GRADO 11, NOMBRE DEL POSTULANTE (NOMBRES, APELLIDO 1, APELLIDO 2)
EVALUACIÓN DE ANTECEDENTES Desde el 19 de junio al 23 de junio de 2023, el comité de selección, revisará los antecedentes de los postulantes y rechazará las postulaciones que no cumplan con los requisitos exigidos, asimismo verificará la autenticidad de los antecedentes.
PRESELECCIÓN Desde el 27 de junio al 30 de junio de 2023 el Comité de selección citará a los postulantes pre seleccionados para entrevista personal.
ENTREVISTA PERSONAL Desde 27 de junio de 2023 al 07 de julio de 2023 el Comité de selección realizará la entrevista personal a los postulantes considerados idóneos.
EVALUACIÓN PSICOLÓGICA Desde el 17 de julio de 2023 al 28 de julio de 2023 se efectuará la evaluación psicológica.
RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN DEL CONCURSO La resolución del concurso será efectuada por el señor Alcalde, a más tardar el día 04 de agosto de 2023.
ASUNCIÓN DEL CARGO El día 14 de agosto de 2023
“Cabe señalar que las fechas mencionadas en estas bases son plazos estimados y podrán ser sujeto de modificación”
COMITÉ DE SELECCIÓN
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